La Comissió de Govern ha publicado el acuerdo de suspensión de la actividad en Ciutat Vella de Barcelona. Se suspende el otorgamiento de licencias, la presentación de comunicados y declaraciones responsables, y la tramitación de cualquier otra habilitación municipal en el distrito, excepto la zona ZE-5B Zona Rambla. 

¿Qué actividades se suspenden en el distrito de Ciutat Vella de Barcelona?

De esta forma, las actividades concretas que se ven afectadas y, por tanto, se suspenden, son las siguientes: 

a) Actividades reguladoras en los epígrafes del Plan especial urbanístico de ordenación de las actividades de pública concurrencia, comercios alimentarios, servicios turísticos y otras actividades en el Distrito de Ciutat Vella (Plan de Usos de Ciutat Vella):

  • EC1.1.1 Establecimientos especialistas generalistas con impacto nocturno, con excepción de las tiendas de platos preparados. 
  • EC1.1.2 Otros especialistas alimentarios. 
  • EC1.1.3 Especialistas vinculados a un consumo de proximidad 
  • EC1.2 Establecimientos alimentarios en régimen de autoservicio. 

b) Actividades reguladas en los epígrafes de la Ordenanza municipal de las actividades y de intervención integral de la administración ambiental (OMAIIA) i la Ordenanza de establecimientos alimentarios:

  • 13/3.9g Oficina de cambio y/o transferencia de moneda 
  • 12.11/b1 Alimentos, venta al por mayor con almacén no frigorífico de conservación. 
  • 2.11/1b1 Alimentos, venta al por mayor con almacén frigorífico de conservación. 

¿Qué actividades quedan excluidas de la suspensión en el distrito de Ciutat Vella de Barcelona?

Las actividades que están excluidas de la suspensión son: 

  • Las solicitudes de otorgamiento de licencias o comunicaciones previas al ejercicio de actividades presentadas antes de la ejecutividad del acuerdo de suspensión, y las solicitudes de otorgamiento de licencias, la presentación de comunicados y declaraciones responsables, y la tramitación de cualquier otra habilitación municipal conexa, para el ejercicio de las actividades sometidas al régimen de comunicación con certificación de la Entidad Ambiental de Control (EAC), si la solicitud de certificado se ha realizado antes de la fecha de ejecutividad del acuerdo de suspensión. 

 

  • Las solicitudes de otorgamiento de licencias, la presentación de comunicados y declaraciones responsables y la tramitación de cualquier otra habilitación, para abrir, instalar o iniciar una actividad que con anterioridad a la ejecutividad del presente acuerdo dispusiera de la habilitación municipal perceptiva para ejecutar las obras de condicionamiento a la actividad proyectada, en los términos expuestos en los artículos 77 del Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales, aprobado por el Decreto 179/1995. 

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