El certificado energético es obligatorio para locales comerciales que se vendan o alquilen, y hacerlo sin disponer de él puede suponer sanciones de hasta 6.000€, en los casos más graves; de acuerdo con la normativa expuesta en el Real Decreto 235/2013.

Alquilar o vender un local comercial sin certificado energético puede comportar sanciones de hasta 6.000€.

Tal como explicamos en el artículo Certificado de eficiencia energética para viviendas y edificios, en el certificado energético se incluyen las características del edificio y la información de eficiencia energética del inmueble, es decir, se asigna una etiqueta en función de la calificación energética de los sistemas de generación de luz, agua caliente, calefacción y climatización.

Solo se puede certificar un local comercial cuando éste tenga las obras de acondicionamiento terminadas, nunca en locales en bruto, sin acabados, instalaciones, ni cierres. Además, se eximen de disponer de certificado:

  • Los edificios industriales destinados a talleres o a la actividad que se desarrolle
  • Locales comprados para ser derrocados o para ser sometidos a una reforma de peso
  • Cuando el alquiler sea de 4 meses al año como máximo
  • Los edificios con una superficie útil de menos de 50 m2 que se encuentren en una zona aislada

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Fases para la obtención del certificado energético de un local

El procedimiento que seguimos para elaborar el certificado energético de su local comercial consta de cuatro fases:

1. Documentación administrativa y general

En esta fase, introducimos todos los datos necesarios, tan del usuario del local como del propio técnico calificador, que tiene que ser un arquitecto, arquitecto técnico o aparejador.

El certificado energético sólo puede ser elaborado por un arquitecto, un arquitecto técnico o un aparejador.

En este apartado también se detalla la normativa del año de la edificación, el tipo de edificio, el perfil de uso, la ubicación, el tipo de ventilación y el total de consumo diario de ACS (agua caliente sanitaria).

2. Definición de la envolvente térmica

En este caso, se consideran las diferentes zonas del local comercial y se asignan los elementos que forman parte de la envolvente térmica: las particiones, las paredes de la fachada, los agujeros, el suelo del local y el techo. A partir de aquí se elabora una imagen de toda el envolvente térmica.

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3. Definición de las instalaciones térmicas

De cada zona determinada, se establecen las instalaciones térmicas. Es el caso de la iluminación existente, de quien se valora el tipo de actividad y la potencia instalada; la calefacción y refrigeración, de las cuales se determina el tipo de instalación utilizado, y qué ventilación hay.

A diferencia de los edificios residenciales, en los certificados energéticos de los locales comerciales se valora la iluminación como factor determinante de la eficiencia energética.

La iluminación es un consumo muy importante para el certificado energético de un local comercial.

4. Cálculo de la calificación energética del local

Finalmente, se hace el cálculo de la calificación energética de calefacción, refrigeración, la asociada a las emisiones de CO2 e iluminación.

En el informe que se hace junto con la etiqueta, también se incluye una parte de medidas de mejora, con ejemplos concretos sobre el local o vivienda en cuestión y que muestran qué calificación se obtendría si dispusieran de éstas. Por ejemplo, recomendaciones de aislamiento al exterior de la fachada para pasar de una E a una D, o de cambio de caldera de condensación normal para una de alta eficiencia energética para lograr una C, entre otros.

 

¿Sabía que disponer de contribuciones energéticas en cuanto a energías renovables mejora la calificación energética del inmueble, ya sea en locales como viviendas?

Si ha pensado en alquilar o vender un local comercial, contacte con Ecopime para elaborar el certificado energético. Contamos con un equipo profesional experto para asesorarlo.

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