La Agència del Habitatge de Catalunya ha publicado una convocatoria de ayudas para la rehabilitación de edificios de uso residencial en Cataluña, quedando excluida la ciudad de Barcelona y los municipios del Área Metropolitana de Barcelona. Para edificios de Barcelona, el Consorci del Habitatge de Barcelona publicó una convocatoria de ayudas específica (consultar aquí).
Las subvenciones están dirigidas a propietarios y administraciones o empresas públicas, que quieran efectuar alguna obra de rehabilitación que tenga como objetivo la conservación, mejora de la calidad y la sostenibilidad y la accesibilidad del edificio.
En caso de obras de conservación, se requiere el Informe de Inspección Técnica (ITE) donde se cualifiquen las deficiencias detectadas de importantes, graves o muy graves en función del estado de conservación del edificio. Solo si las instalaciones se quieren acoger a la normativa vigente, no hace falta que sean deficiencias detectadas en la ITE.
Si el objetivo de la actuación es mejorar la calidad del edificio, las subvenciones se otorgan para mejorar el envolvente térmico del edificio y así reducir la demanda energética, cumpliendo el Código Técnico de la Edificación DB HE-1. También se acepan las instalaciones de sistemas de calefacción, refrigeración y ventilación que mejoren la eficiencia energética de los elementos y la mejora de las protecciones contra el ruido, cumpliendo CTE DB HR. Para ser subvencionable, el conjunto de las actuaciones tiene que conseguir una reducción de como mínimo un 30% sobre la certificación energética del estado inicial.
En cuanto a las actuaciones en materia de accesibilidad, se subvencionan las adecuaciones a la normativa vigente de los accesos a las viviendas y locales, mediante la instalación de ascensores, remontadores, rampas u otros dispositivos de accesibilidad.
[Tweet «Subvenciones para rehabilitar edificios residenciales para la conservación, mejora de la calidad y sostenibilidad, y accesibilidad»]
Para poder acceder a la subvención, hay una serie de requisitos que hace falta que los edificios cumplan:
- Los edificios de tipología residencial colectiva (edificios plurifamiliares) tienen que ser construidos y acabados antes del 1981
- Como mínimo el 70% de la superficie construida sobre rasante tiene que estar destinada a viviendas y tienen que constituir el domicilio habitual y permanente de sus arrendatarios propietarios.
- Excepcionalmente, se admiten solicitudes sin cumplir las condiciones anteriores de los edificios que presenten graves daños estructurales
- Los edificios tienen que tener un mínimo de 8 viviendas.
- Para mejoras en materia de accesibilidad y de calidad y sostenibilidad simultáneamente a las obras de conservación
- Para ajustes sólo en materia de accesibilidad y/o mejora de calidad y sostenibilidad y en los edificios que vivan personas con discapacitado o mayores de 65 años
- Cuando las obras consistan al enmendar deficiencias importantes, graves o muy graves relativas a la ITE.
- Los edificios tienen que disponer obligatoriamente de un informe ITE y de un certificado de eficiencia energética (CEE)
[Tweet «En Ecopime te preparamos el informe técnico del edificio, el certificado de eficiencia energética y el proyecto de obras»]
Contacta con Ecopime para garantizar que haces una correcta solicitud, así como también que cumples todos los requisitos para poder disfrutar de la subvención. Es imprescindible que dispongas de un buen informe técnico del edificio, el certificado de eficiencia energética y un buen proyecto de obras y adecuación del edificio.
Importe de las subvenciones
La cantidad máxima subvencionada para el edificio no puede superar el importe que resulta de multiplicar 11.000 € para cada vivienda, y por cada 100 m2 de superficie útil de local que participe en los gastos de las actuaciones.
Este importe se percibe de:
- En actuaciones de conservación, 2.000 €
- En actuaciones de mejora de la calidad y la sostenibilidad, de 2.000 a 5.000 € (si se reduce el 50 % de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del edificio, se otorgan los 5.000 €)
- Ajustes razonables en materia de accesibilidad, 4.000 €
Solicitud de las subvenciones
Para solicitar la subvención, hay que hacer la solicitud formal a través de un impreso normalizado que se puede encontrar en el portal de trámites de la Generalitat de Cataluña. A la hora de hacer la petición, en Ecopime te orientamos y te asesoramos para que logres una obra de calidad.
Los plazo de solicitud para subvenciones sujetas a concurrencia pública competitiva finaliza el 30 de junio de 2017, mientras que para las solicitudes sujetas a concurrencia pública no competitiva, el plazo es hasta el 31 de julio de 2017.
[Tweet «Para la rehabilitación es imprescindible un buen asesoramiento»]