{"id":3000,"date":"2017-05-15T11:17:40","date_gmt":"2017-05-15T11:17:40","guid":{"rendered":"https:\/\/ecopimeprojects.com\/subvenciones-para-rehabilitar-edificios-de-uso-residencial\/"},"modified":"2017-05-15T11:17:40","modified_gmt":"2017-05-15T11:17:40","slug":"subvenciones-para-rehabilitar-edificios-de-uso-residencial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ecopimeprojects.com\/es\/subvenciones-para-rehabilitar-edificios-de-uso-residencial\/","title":{"rendered":"Subvenciones para rehabilitar edificios de uso residencial"},"content":{"rendered":"<p>La <em>Ag\u00e8ncia del Habitatge de Catalunya<\/em> ha publicado una convocatoria de <strong>ayudas para la rehabilitaci\u00f3n de edificios de uso residencial en Catalu\u00f1a<\/strong>, quedando excluida la ciudad de Barcelona y los municipios del \u00c1rea Metropolitana de Barcelona. Para edificios de Barcelona, el <em>Consorci del<\/em> <em>Habitatge de Barcelona<\/em> public\u00f3 una convocatoria de ayudas espec\u00edfica (<a href=\"https:\/\/ecopimeprojects.com\/es\/subvencions-rehabilitacio-edificis-habitatges-bcn\/\">consultar aqu\u00ed<\/a>).<\/p>\n<p>Las subvenciones est\u00e1n dirigidas a propietarios y administraciones o empresas p\u00fablicas, que quieran efectuar alguna obra de rehabilitaci\u00f3n que tenga como objetivo la conservaci\u00f3n, mejora de la calidad y la sostenibilidad y la accesibilidad del edificio.<\/p>\n<p>En caso de <strong>obras de conservaci\u00f3n<\/strong>, se requiere el Informe de Inspecci\u00f3n T\u00e9cnica (ITE) donde se cualifiquen las deficiencias detectadas de importantes, graves o muy graves en funci\u00f3n del estado de conservaci\u00f3n del edificio. Solo si las instalaciones se quieren acoger a la normativa vigente, no hace falta que sean deficiencias detectadas en la ITE.<\/p>\n<p>Si el objetivo de la actuaci\u00f3n es <strong>mejorar la calidad del edificio<\/strong>, las subvenciones se otorgan para mejorar el envolvente t\u00e9rmico del edificio y as\u00ed reducir la demanda energ\u00e9tica, cumpliendo el C\u00f3digo T\u00e9cnico de la Edificaci\u00f3n DB HE-1. Tambi\u00e9n se acepan las instalaciones de sistemas de calefacci\u00f3n, refrigeraci\u00f3n y ventilaci\u00f3n que mejoren la eficiencia energ\u00e9tica de los elementos y la mejora de las protecciones contra el ruido, cumpliendo CTE DB HR. Para ser subvencionable, el conjunto de las actuaciones tiene que conseguir una reducci\u00f3n de como m\u00ednimo un 30% sobre la certificaci\u00f3n energ\u00e9tica del estado inicial.<\/p>\n<p>En cuanto a las <strong>actuaciones en materia de accesibilidad<\/strong>, se subvencionan las adecuaciones a la normativa vigente de los accesos a las viviendas y locales, mediante la instalaci\u00f3n de ascensores, remontadores, rampas u otros dispositivos de accesibilidad.<\/p>\n<p>[Tweet \u00abSubvenciones para rehabilitar edificios residenciales para la conservaci\u00f3n, mejora de la calidad y sostenibilidad, y accesibilidad\u00bb]<\/p>\n<p>Para poder acceder a la subvenci\u00f3n, hay una serie de <strong>requisitos<\/strong> que hace falta que los edificios cumplan:<\/p>\n<ul>\n<li>Los edificios de tipolog\u00eda residencial colectiva (edificios plurifamiliares) tienen que ser construidos y acabados antes del 1981<\/li>\n<li>Como m\u00ednimo el 70% de la superficie construida sobre rasante tiene que estar destinada a viviendas y tienen que constituir el domicilio habitual y permanente de sus arrendatarios propietarios.<\/li>\n<li>Excepcionalmente, se admiten solicitudes sin cumplir las condiciones anteriores de los edificios que presenten graves da\u00f1os estructurales<\/li>\n<li>Los edificios tienen que tener un m\u00ednimo de 8 viviendas.\n<ul>\n<li>Para mejoras en materia de accesibilidad y de calidad y sostenibilidad simult\u00e1neamente a las obras de conservaci\u00f3n<\/li>\n<li>Para ajustes s\u00f3lo en materia de accesibilidad y\/o mejora de calidad y sostenibilidad y en los edificios que vivan personas con discapacitado o mayores de 65 a\u00f1os<\/li>\n<li>Cuando las obras consistan al enmendar deficiencias importantes, graves o muy graves relativas a la ITE.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>Los edificios tienen que disponer obligatoriamente de un informe ITE y de un certificado de eficiencia energ\u00e9tica (CEE)<\/li>\n<\/ul>\n<p>[Tweet \u00abEn Ecopime te preparamos el informe t\u00e9cnico del edificio, el certificado de eficiencia energ\u00e9tica y el proyecto de obras\u00bb]<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/ecopimeprojects.com\/es\/contacto\/\">Contacta <\/a>con Ecopime para garantizar que haces una correcta solicitud, as\u00ed como tambi\u00e9n que cumples todos los requisitos para poder disfrutar de la subvenci\u00f3n. Es imprescindible que dispongas de un buen informe t\u00e9cnico del edificio, el certificado de eficiencia energ\u00e9tica y un buen proyecto de obras y adecuaci\u00f3n del edificio.<\/p>\n<h2><strong>Importe de las subvenciones<\/strong><\/h2>\n<p>La cantidad m\u00e1xima subvencionada para el edificio no puede superar el importe que resulta de multiplicar 11.000 \u20ac para cada vivienda, y por cada 100 m<sup>2<\/sup> de superficie \u00fatil de local que participe en los gastos de las actuaciones.<\/p>\n<p>Este importe se percibe de:<\/p>\n<ul>\n<li>En actuaciones de conservaci\u00f3n, 2.000 \u20ac<\/li>\n<li>En actuaciones de mejora de la calidad y la sostenibilidad, de 2.000 a 5.000 \u20ac (si se reduce el 50 % de la demanda energ\u00e9tica anual global de calefacci\u00f3n y refrigeraci\u00f3n del edificio, se otorgan los 5.000 \u20ac)<\/li>\n<li>Ajustes razonables en materia de accesibilidad, 4.000 \u20ac<\/li>\n<\/ul>\n<h2><strong>Solicitud de las subvenciones<\/strong><\/h2>\n<p>Para solicitar la subvenci\u00f3n, hay que hacer la solicitud formal a trav\u00e9s de un impreso normalizado que se puede encontrar en el<a href=\"http:\/\/tramits.gencat.cat\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"> portal de tr\u00e1mites de la Generalitat de Catalu\u00f1a<\/a>. A la hora de hacer la petici\u00f3n, en Ecopime te orientamos y te asesoramos para que logres una obra de calidad.<\/p>\n<p>Los plazo de solicitud para subvenciones sujetas a concurrencia p\u00fablica competitiva finaliza el 30 de junio de 2017, mientras que para las solicitudes sujetas a concurrencia p\u00fablica no competitiva, el plazo es\u00a0hasta el 31 de julio de 2017.<\/p>\n<p>[Tweet \u00abPara la rehabilitaci\u00f3n es imprescindible un buen asesoramiento\u00bb]<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Ag\u00e8ncia del Habitatge de Catalunya ha publicado una convocatoria de ayudas para la rehabilitaci\u00f3n de edificios de uso residencial en Catalu\u00f1a, quedando excluida la ciudad de Barcelona y los municipios del \u00c1rea Metropolitana de Barcelona. Para edificios de Barcelona, el Consorci del Habitatge de Barcelona public\u00f3 una convocatoria de ayudas espec\u00edfica (consultar aqu\u00ed). 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