PROYECTOS DE ACTIVIDAD

Proyectos de actividad

Realización de proyecto de actividad para su aprobación por el ayuntamiento del municipio, el consejo comarcal o la Generalitat de Catalunya.

Abrir un local comercial, una nave industrial, un restaurante, una tienda, un taller, una oficina, entre otros, requiere la realización de un proyecto de actividad previo aprobado por el ayuntamiento del municipio, el consejo comarcal o la Generalidad de Cataluña, según el tipo.

Para llevar a cabo un proyecto de actividad, seguimos la normativa de la Ley 20/2009, de prevención y control de las actividades (PCAA) de los sectores de:

Esta ley clasifica el tipo de proyecto de actividad necesario en cada caso según el riesgo que puede tener sobre las personas, animales y/o medio ambiente:

Licencia de actividad

En Ecopime realizamos el estudio de tu futura actividad y generamos el informe necesario para solicitar la licencia de actividad a realizar.

Estas actividades habitualmente necesitan de informes complementarios como en caso de contaminación atmosférica y aguas residuales, entre otros, para obtener la autorización administrativa por parte de la Generalidad de Cataluña.

Asimismo, es probable que, también requiera ser acompañado por un informe de prevención de incendios de los bomberos de la Generalitat, entre otros tipos, y debe ser autorizado por el Consell Comarcal.

Existen algunas actividades que tienen un impacto sobre las personas, animales y/o medio ambiente menor y normalmente no es necesario un informe para la comunicación de apertura. Si es el caso de que una la actividad está afectada por la Ley 3/2010, de 18 de febrero, de prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios, debe obtenerse uninforme favorable de los servicios de prevención y extinción de incendios de la Generalidad de Cataluña (SPEIS)

Comunicación de actividad

Hay actividades que no están contempladas en la Ley 20/2009 que deben tramitarse de acuerdo con su clasificación de la Ley 18/2020, de 28 de diciembre, de facilitación de la actividad económica. En la creación de este proyecto, justificamos la normativa de aplicación por la actividad resaltando la importancia de las medidas contra incendios y accesibilidad del establecimiento. Un ejemplo puede ser un centro de estética con micropigmentación o establecimiento comercial con superficie superior a 120m2.

Desde Ecopime, estudiamos tu proyecto y lo clasificamos siguiendo esta ley que va marcada según el tipo de actividad y superficie que se utiliza. Realizamos una comunicación previa de aquellas actividades con mayor riesgo y superficie con proyecto y certificado técnico, redactado y firmado por un técnico competente de nuestro equipo.

Comunicación de actividad
con certificado

El equipo de Ecompime realizamos el certificado técnico donde hacemos constar la actividad, comprendida en la Ley 18/2020, a través de un plano con la indicación de superficies y usos del establecimiento. En este caso, tramitamos las actividades de espacios comerciales de menos de 120m2 y especificamos los datos generales que definen el establecimiento y su distribución.

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